Infraestructura y Medio Ambiente en Equilibrio
El crecimiento acelerado de la infraestructura vial, ferroviaria, portuaria y aeroportuaria en el Perú ha exigido un marco legal robusto que garantice su desarrollo sin comprometer los recursos naturales ni la calidad ambiental. Frente a este desafío, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) implementó el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Transportes, aprobado mediante el Decreto Supremo N.° 004-2017-MTC. Esta normativa establece obligaciones, procedimientos e instrumentos ambientales para prevenir, corregir y mitigar los impactos negativos de las actividades del sector.
¿Qué es el DS N.° 004-2017-MTC?
Este decreto supremo oficializa el Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Transportes, el cual regula la gestión ambiental de proyectos de infraestructura para asegurar que su ejecución sea compatible con los objetivos de desarrollo sostenible.
📌 Objetivos clave:
Prevenir impactos negativos al ambiente.
Corregir y compensar daños ambientales.
Regular actividades mediante Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA).
Principales modificaciones normativas
🔸 D.S. N.° 008-2019-MTC
Se añade un artículo sobre emergencias por eventos catastróficos.
Introduce el Reporte de Emergencia, contenido en el Anexo 4.
Actualiza el Anexo 1, con la nueva lista de proyectos con clasificación anticipada.
Referencias importantes:
🔸 D.S. N.° 040-2019-MTC
Establece un plazo de adecuación ambiental para proyectos en ejecución sin IGA.
Permite la presentación del Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) si se comunicó a la autoridad competente antes del 1 de abril de 2020.
El PAMA debía presentarse como máximo hasta el 1 de abril de 2024.
Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP)
Para proyectos sin clasificación anticipada, el titular debe tramitar la Evaluación Ambiental Preliminar (EVAP) ante el SENACE. El proceso tiene un plazo máximo de 40 días hábiles desde su admisión.
Tipos de Instrumentos de Gestión Ambiental (IGA)
🟢 Estudios Ambientales (EA):
Declaración de Impacto Ambiental (DIA)
Proyectos con impactos leves.
Categoría 1.
Evaluación: 30 días hábiles.
Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd)
Proyectos con impactos moderados.
Categoría 2.
Requiere Términos de Referencia (TdR).
Evaluación: 90 días hábiles.
Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d)
Proyectos con impactos altos.
Categoría 3.
Requiere TdR específicos.
🟢 IGA Complementarios al SEIA
Ficha Técnica Socioambiental (FTSA)
Para proyectos fuera del SEIA.
Requiere cumplir normativa de residuos, agua, aire, ruidos, suelo, patrimonio y zonificación.
Evaluación: 10 días hábiles.
Informe Técnico Sustitutorio (ITS)
Aplica a modificaciones o ampliaciones de proyectos con Certificación Ambiental.
Evaluación: hasta 30 días hábiles.
Autoridad debe pronunciarse en 15 días hábiles.
Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA)
Para proyectos ejecutados sin IGA.
Incluye medidas correctivas y preventivas.
Evaluación: 30 días hábiles.
Plan de Cierre Ambiental
Asegura que no queden impactos al final del proyecto.
Debe incluir presupuesto, medidas de rehabilitación y cumplimiento con los Estándares de Calidad Ambiental (ECA).
Conclusión: Una Herramienta Clave para el Desarrollo Sostenible
El Reglamento de Gestión Ambiental del Sector Transportes es un pilar para lograr una infraestructura moderna sin comprometer el equilibrio ecológico. Este marco legal asegura que los proyectos de transporte se desarrollen bajo criterios de prevención, control ambiental y sostenibilidad.
Las modificaciones normativas introducidas por los D.S. N.° 008-2019-MTC y D.S. N.° 040-2019-MTC refuerzan su aplicación, adaptándolo a emergencias y permitiendo la regularización ambiental de actividades en ejecución.
Con un enfoque técnico, flexible y proactivo, este reglamento representa un avance hacia un Perú más competitivo y responsable con su entorno natural.
Fuente: Redacción Isossoma
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