
Desde hace un tiempo, el Instituto de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), a través de la sala especializada de eliminación de barreras burocráticas, se ha estado encargando de identificar barreras burocráticas ilegales de procedimientos administrativos realizados por municipalidades del país.
Estos actos y disposiciones aprobados por entidades de la administración pública buscan establecer exigencias, requisitos, limitaciones, prohibiciones o cobros para la realización de actividades económicas, afectando los principios y normas de simplificación administrativa contenidos en la Ley N° 27444 o limitan la competitividad en el mercado.
Es así que, el día martes 4 de mayo, la sala emitió cinco resoluciones de cinco distritos, entre ellos se encontraba la minicipalidad del Callao.
Mediante la resolución N°0219-2020/CEB-INDECOPI, la Sala declaró barrera burocrática ilegal dispocisiones
de la Municipalidad Provincial del Callao, respecto a la exigencia de contar con un certificado de conformidad ambiental para operar como terminal portuario.
Se llegó a la conclusión que la ilegalidad de la medida radica en que la Municipalidad Provincial del Callao desconoció el marco normativo conformado por las Leyes N° 27446 y N° 29370, los cuales no prevén que sea una facultad otorgada a las municipalidades provinciales, la exigencia de contar con un certificado de conformidad ambiental para operar como terminal portuario de alcance nacional con «este marco normativo no prevé que sea facultad de una municipalidad provincial la exigencia de contar con un certificado de conformidad ambiental para operar como terminal portuario de alcance nacional.«
Resolución del Peruano aquí
Fuente: El Peruano, Laley.pe
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